Las personas con discapacidad requieren medidas especiales para poder ejercer sus derechos humanos en igualdad de condiciones que las demás, eliminar todas las formas de discriminación contra ellas y propiciar su plena integración en la sociedad. Por eso, tanto la Constitución Nacional como diferentes instrumentos internacionales de protección contemplan derechos específicos y obligaciones concretas a los Estados en favor de este colectivo.

En tal sentido, el artículo 75 inciso 23 de la Constitución Nacional prevé que el Congreso debe legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por ella y por los tratados internacionales, en particular respecto de las personas con discapacidad.

Entre los diferentes instrumentos que gozan de jerarquía constitucional, el más relevante en la materia es la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Se trata del primer tratado de derechos humanos del siglo XXI, que regula en 50 artículos principios, derechos y obligaciones para que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos en condiciones de igualdad.

Es importante resaltar que en los últimos años operó un cambio de paradigma en el tratamiento de la discapacidad. El correlato de este cambio es un nuevo marco jurídico internacional basado en el modelo social de la discapacidad, según el cual ésta obedece a causas preponderantemente sociales y no a razones médicas, biológicas o religiosas, instaurando así un nuevo mandato de acción para los Estados.

Por todo esto, es que nos comprometemos desde este lugar a hacer valer los derechos adquiridos por las personas con discapacidad como así también brindarles un apoyo legal para las familias. Involucrándonos de la mejor forma para subsanar falencias que aún se sufren desde el ámbito jurídico y social.

Emanuel F. Dominguez
Representante Legal

Las personas con discapacidad requieren medidas especiales para poder ejercer sus derechos humanos en igualdad de condiciones que las demás, eliminar todas las formas de discriminación contra ellas y propiciar su plena integración en la sociedad. Por eso, tanto la Constitución Nacional como diferentes instrumentos internacionales de protección contemplan derechos específicos y obligaciones concretas a los Estados en favor de este colectivo.